Duración del contrato ó plazo de ejecución:
8
Meses
Tramitación:
Ordinaria
Procedimiento de adjudicación:
Abierto
El poder adjudicador se reserva el derecho de adjudicar el contrato sobre la base de las ofertas iniciales sin negociación:
No
Aplicación del procedimiento en fases sucesivas con el fin de reducir gradualmente el número de soluciones que se examinarán o de ofertas que se negociarán:
No
Se realizará una subasta electrónica:
No
Se trata de contratos periódicos:
No
Se utilizará el pedido electrónico:
Sí
Se aceptará la facturación electrónica:
Sí
Se utilizará el pago electrónico:
No
Situación económica y financiera:
Sí
Capacidad técnica y profesional:
No
La prestación del servicio se reserva a una profesión concreta: No
Obligación de indicar los nombres y cualificaciones profesionales del personal asignado a la ejecución del contrato: No
Acuerdo Marco:No
Otros compradores pueden utilizar el sistema dinámico de adquisición: No
Sistema dinámico de adquisición: No
Contratación conjunta: No
Criterios de valoración:
Pluralidad de criterios
Criterios relativos al coste (en caso de pluralidad de criterios):
Criterios relativos al coste (en caso de pluralidad de criterios):
Lenguas en que pueden presentarse las ofertas o las solicitudes de participación:
ES -
Español
EU -
Euskera
Plazo mínimo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta:
3
Meses
Depósitos y garantías exigidos:
Definitivo: 5% del importe de adjudicación
Observaciones:
AVISO
EFECTOS DEL REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO (“Disposición adicional tercera”), POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19. EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE EJIE.
Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
AVISO:
EFECTOS DEL REAL DECRETO LEY 17/2020 DE 5 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS DE APOYO AL SECTOR CULTURAL Y DE CARÁCTER TRIBUTARIO PARA HACER FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-2019 (Disposición adicional octava).
Se acuerda el levantamiento de la suspensión de términos e interrupción de plazos de los procedimientos de contratación, además de otras modificaciones que afectan a la LCSP. Se establece la continuación e inicio de los procedimientos de contratación celebrados por entidades del Sector Público durante la vigencia del estado de alarma. Se permitirá igualmente el inicio de nuevos procedimientos de contratación cuya tramitación se lleve a cabo también por medios electrónicos. Esta medida se extenderá a los recursos especiales que procedan en ambos casos.