CPE
Documentación jurídica
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Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 104_2022
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 17/06/2022
- Poder Adjudicador: EJIE
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Adjudicación. Plazo de interposición del recurso: la notificación del acto impugnado permite interponer el recurso en un correo electrónico del poder adjudicador, la notificación errónea no puede perjudicar al recurrente, el recurso debe considerarse interpuesto en plazo con independencia de cuándo se interponga. Discrecionalidad técnica y motivación: doctrina general; el recurrente pretende sustituir el criterio del poder adjudicador pos su propio criterio parcial e interesado, uso correcto de la discrecionalidad técnica no desvirtuado por el recurrente, la discrecionalidad comprende la selección de los elementos relevantes de las proposiciones, diferencia entre las obligaciones del licitador y las del adjudicatario. Mala fe o temeridad: no cabe apreciar temeridad o mala fe porque el recurso no carece de argumentos jurídicos.


