Información general
¿Qué es la Clasificación Empresarial?
De conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público, la Clasificación Empresarial permite acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de las empresas interesadas en contratar con las entidades del sector público.
En la actualidad, la Clasificación es obligatoria para los contratos de Obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros.
Respecto a los contratos de Servicios o de Obras de valor estimado inferior al señalado, no siendo exigible, la clasificación permite a las empresas acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, siempre que el objeto del contrato esté incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes.
Los procedimientos sobre clasificación se gestionan en la Unidad Técnica de apoyo a la Comisión de Clasificación de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el Departamento de Economía y Hacienda.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el otorgamiento de la Clasificación Empresarial corresponde a la Comisión de Clasificación de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que se reúne con una periodicidad mensual. El plazo máximo para la adopción de los acuerdos es de tres meses desde la cumplimentación de todos los requisitos necesarios para la adopción del acuerdo pertinente, operando el silencio positivo en ausencia de resolución expresa en dicho plazo.
Las decisiones sobre clasificación de las empresas adoptadas por la Comisión de Clasificación de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi serán eficaces a efectos de contratar en todo el Estado.
La clasificación otorgada tiene vigencia indefinida. No obstante, para la conservación de la clasificación el interesado deberá justificar anualmente el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y, cada tres años, el de la solvencia técnica o profesional.
Mediante certificación del Acuerdo adoptado al efecto por la Comisión de Clasificación de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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