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Euskadi
Plataforma de Contratación Electrónica en Euskadi
Clasificación de empresas

Mantenimiento de la solvencia técnica y profesional

El apartado 2 del artículo 82 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que las empresas clasificadas al amparo de dicha Ley han de justificar cada tres años el mantenimiento de su solvencia técnica y profesional para mantener su clasificación.

Para facilitar el cumplimiento de la ley, la Junta Asesora de Contratación Pública de Euskadi ha aprobado un procedimiento y el modelo de Declaración Responsable que debe cumplimentarse a través de la aplicación habilitada al efecto. El citado procedimiento está previsto para las empresas que han obtenido una clasificación con vigencia indefinida, que vienen obligadas a justificar trianualmente el mantenimiento de la solvencia técnica y profesional para mantener la clasificación inicialmente otorgada.

Acceso para el mantenimiento de la solvencia técnica y profesional

La presentación de esta Declaración responsable permite a las empresas clasificadas cumplir con dicho precepto legal de modo electrónico y sin tener que aportar documentos acreditativos, sin perjuicio de las potestades de la Administración para la verificación de lo declarado. Dicha presentación sólo surte efectos para la conservación de la clasificación en vigor, por lo que para su ampliación o modificación se exige la tramitación de un nuevo expediente de revisión de la clasificación.

A tal efecto desde la aplicación se deberá realizar una Declaración responsable, basada en los datos de la empresa relativos a medios personales, materiales y financieros, relación de obras y/o servicios realizados, así como el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Presentada dicha declaración y verificada por la Administración la exactitud y veracidad de los datos declarados y la suficiencia de la solvencia técnica y profesional de la entidad, se mantendrán sus clasificaciones en los términos en que fueron acordadas.

La no presentación en plazo de dicha declaración podrá dar lugar a la apertura de expediente de revisión de oficio de sus clasificaciones, por lo que se recomienda la remisión dentro del plazo establecido.

En caso de duda en el manejo de la aplicación:

Para incidencias de naturaleza telemática:

Para consultas sobre la tramitación y gestión:

  • Teléfonos: 945.019.596, 945.019.027, 945.018.935, 945.019.576, 945.018.925. Horario: 07:45 – 14:30
  • Correo electrónico: clasemp-hac@euskadi.eus

Fecha de última modificación: