CPE
Documentación jurídica
ImprimirSuministro mobiliario de oficina, montaje y servicio post-venta -mantenimiento, reparaciones, piezas de sustitución...- para el Ayuntamiento de San Sebastián
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 151_2020
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 16/11/2020
- Poder Adjudicador: Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Adjudicación. Legitimación activa: la tiene el licitador que impugna todas las ofertas mejor clasificadas que la suya en el listado del artículo 150.1 de la LCSP, no hay un plazo preclusivo para recurrir la admisión de las ofertas y el procedimiento no pide un acto expreso de admisión con un plazo autónomo de impugnación; no hay legitimación activa para impugnar la admisión de una oferta peor clasificada que la del propio recurrente. Subsanación y aclaraciones: doctrina general, efecto directo del artículo 56.3 de la Directiva 2014/24/UE; documentos que solo deben ser aportados por el licitador propuesto como adjudicatario, documentos que describen el objeto del contrato, documentos que sirven para acreditar aspectos de los criterios de adjudicación, principio de transparencia, certificado que cumple de modo equivalente lo especificado en los pliegos. Prescripciones técnicas: la voluntad manifestada por el licitador se ajusta a los pliegos, y la oferta no se remite al folleto, el producto presentado está modificado respecto al estándar y se adecúa a las prescripciones técnicas, no cabe excluir una oferta por no indicar expresamente que cumple una prescripción porque la simple presentación ya supone el acatamiento de los pliegos salvo que dichos pliegos soliciten una justificación expresa o la proposición sea contraria a las prescripciones. Criterio de adjudicación: acreditación mediante una declaración del licitador, que es lo que piden los pliegos.


