CPE
Documentación jurídica
ImprimirServicio de limpieza y jardinería para la OSI Bilbao Basurto
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 201_2023
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 14/11/2023
- Poder Adjudicador: Osakidetza
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Adjudicación. Oferta económica: oferta a precio cero a precios unitarios o parciales, no hay fraude de ley, los pliegos no lo prohíben y el poder adjudicador lo autoriza en la respuesta a una consulta, el precio no es anormal globalmente considerado, el objetivo de la oferta es lograr la máxima puntuación, no es razonable exigir a los licitadores que renuncien a una mayor puntuación; inaplicabilidad de la fórmula si se acepta la oferta a precio cero, resultado matemáticamente indeterminado, no se trata de números abstractos sino de ventajas económicas, es correcto otorgar la máxima puntuación a la mejor oferta, no hay precepto jurídico defraudado, criterio de adjudicación automático, no hay margen para introducir un aspecto tan valorativo como el de "fraude de ley", no se trata de una práctica empresarial inadecuada, no hay obligación de repercutir el coste en cada precio unitario, las ofertas a precio cero son aceptables sin perjuicio de la verificación de la anormalidad de la baja, práctica habitual en el tráfico mercantil y a riesgo y ventura del contratista, los licitadores deben analizar los criterios de adjudicación diligentemente.


