CPE
Documentación jurídica
ImprimirDiseño, construcción y gestión de una plataforma logística corporativa para Osakidetza
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 60_2024
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 27/03/2024
- Poder Adjudicador: Osakidetza
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Pliegos. Legitimación activa: la tiene un sindicato para impugnar la ausencia de cláusulas sociales en el contrato y la infracción de los acuerdos de negociación colectiva que limitan la externalización de servicios, no la tiene para recurrir la falta de justificación de la elección de la fórmula de contrato mixto. Justificación de la contratación de servicios; alcance que debe tener la justificación, justificación formalmente correcta; acuerdos de negociación colectiva que limitan la externalización de servicios, "fondo reglado" de la discrecionalidad técnica del poder adjudicador para organizar sus servicios, alcance de los acuerdos que afectan a Osakidetza, excepciones a la prohibición general de externalizar nuevos servicios. Circunstancias excepcionales que permiten la externalización: el recurso a medios humanos ajenos no es el único objeto contractual, contrato complejo de larga duración y variedad de prestaciones, diálogo competitivo, delicado equilibrio de prestaciones, imponer que el personal que ejecute la prestación sea de Osakidetza sería disfuncional, el sistema elegido está justificado y no se acredita que la elección sea fraudulenta y tenga como intención eludir los acuerdos de negociación colectiva, no consta perjuicio para la promoción o estabilidad del personal de Osakidetza; la posible omisión de trámites de información o negociación previa con los representantes de los trabajadores no invalida el procedimiento de adjudicación o el contrato, ámbito propio de las relaciones laborales. Cláusulas sociales del artículo 129 LCSP: no hay un mandato imperativo, el candidato debe declarar el convenio colectivo que aplicará.


