CPE
Documentación jurídica
ImprimirPrestación del servicio de Ayuda a Domicilio en el municipio de Bilbao
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 74_2021
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 07/05/2021
- Poder Adjudicador: Ayuntamiento de Bilbao
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Adjudicación. Mejoras: el artículo 145.7 LCSP solo es aplicable cuando las mejoras se establecen como criterio de adjudicación, la presentación de mejoras no está sujeta a autorización en los pliegos, las mejoras que no son criterio de adjudicación tienen los límites propios de cualquier criterio de adjudicación (en particular, no pueden ser contrarias a las prescripciones técnicas y su valoración no puede alterar el fondo reglado del criterio), mejoras que no suponen alterar las competencias del poder adjudicador; propuesta de formación viable, la proposición no está incursa en presunción de anormalidad. Motivación y discrecionalidad: doctrina general; limitaciones de espacio de la oferta previstas en los pliegos y no cabe inaplicarlas porque eso infringiría el principio de igualdad de trato, la falta de concreción en la oferta técnica puede penalizar en la aplicación de los criterios de adjudicación, no cabe justificar dicha falta de concreción remitiéndose a los pliegos o las normas aplicables porque precisamente ésa es la base a partir de la cual se aplican los criterios, la discrecionalidad comprende también la facultad del poder adjudicador de seleccionar los elementos de la oferta relevantes para su evaluación y el recurrente pretende sustituir esta facultad por su propio juicio interesado.


