CPE
Documentación jurídica
ImprimirContrato para la prestación del servicio de recogida selectiva y gestión de aceite de cocina usado, y limpieza y mantenimiento de los contenedores
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 9_2026
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 19/01/2026
- Poder Adjudicador: Mancomunidad de Debagoiena
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Acuerdo de "dejar sin efecto el expediente". Acto impugnable: el desistimiento del procedimiento de adjudicación es un acto impugnable. Desistimiento del procedimiento de adjudicación: del contenido del expediente se deduce que se trata de un desistimiento del procedimiento de adjudicación; doctrina general, la única infracción legal alegada es la falta de justificación en el expediente del presupuesto base de licitación (PBL), la infracción alegada es irrelevante, no se discute la adecuación o suficiencia del importe del PBL, no tiene sentido iniciar un nuevo procedimiento solo para introducir la justificación del PBL. Recurso planteado contra los pliegos y declaración de procedimiento concluso por causa del desistimiento ahora anulado, posibilidad de volver a tomar en consideración el recurso, falta de legitimación activa del único licitador no excluido para pedir la "reanudación" del procedimiento de recurso, la petición del primer recurrente (y alegante en el recurso) no puede integrarse en la parte dispositiva de la Resolución, cuestión planteada sobre la que debe pronunciarse el OARC / KEAO, no cabe recuperar un procedimiento de recurso ya finalizado, no hubo pronunciamiento sobre el fondo y no hay "cosa juzgada administrativa", oponer un plazo preclusivo a un hipotético nuevo recurso contra los pliegos sería contrario al efecto útil del recurso especial, cabe un nuevo recurso contra los pliegos y el plazo de interposición se inicia desde que el recurrente tenga conocimiento de la anulación del desistimiento. No cabe acceder a la solicitud de prueba por ser el objeto del recurso una cuestión básicamente jurídica y constar en el expediente los datos necesarios para su resolución.


