CPE
Documentación jurídica
ImprimirServicio de Extracción, Traslado, Custodia y Reducción de Documentación Clínica de la OSI Donostialdea (Contrato Reservado a Centros Especiales de Empleo)
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 129_2019
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 24/07/2019
- Poder Adjudicador: Osakidetza
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Pliegos. Legitimación activa: la tiene el operador económico que impugna cláusulas que le impiden acceder al procedimiento de adjudicación; la tiene el operador económico que impugna una cláusula que le impide ser subcontratista del adjudicatario; la legitimación activa para impugnar otras cláusulas del pliego depende de que se considere favorablemente su impugnación de las cláusulas que le impiden acceder al procedimiento de adjudicación, ya que en tal caso sería un potencial licitador. Reserva en favor de Centros de Empleo de Iniciativa Social: la LCSP no establece límites de tipo o importe a los contratos que pueden ser objeto de reserva, el Acuerdo del Consejo de Gobierno solo fija objetivos mínimos; falta de motivación de la reserva, irregularidad puramente formal; la reserva es una excepción no absoluta a la libre competencia justificada por razones de política social, no se justifica infracción de la libre competencia. Subcontratación: no cabe en contratos reservados la subcontratación con empresas que no sean Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social; concepto de subcontratación.


