CPE
Documentación jurídica
ImprimirAdquisición de furgonetas para protección ciudadana.
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 208_2021
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 21/12/2021
- Poder Adjudicador: Gobierno Vasco
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Exclusión. Solvencia; el DEUC, doctrina general, recurso a las capacidades de otras entidades (integración de la solvencia), no cabe acreditar la solvencia de un modo diferente del indicado en el DEUC, no cabe subsanación porque no es una acreditación insuficiente sino la constancia de que el requisito no se cumple, inexactitud esencial en una declaración responsable. Mesas de contratación: el artículo 326.5 de la LCSP no es aplicable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi; la supuesta aceptación acrítica por la Mesa del informe técnico es irrelevante porque no ha habido indefensión del recurrente. Solicitud de que el OARC / KEAO comunique el expediente a la autoridad de competencia que corresponda; solicitud desvinculada de una pretensión impugnatoria.


