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Euskadi
Plataforma de Contratación Electrónica en Euskadi
CPE

Documentación jurídica

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Servicio de transporte escolar, con vehículos de una capacidad superior a nueve plazas, incluida la del conductor, a los centros públicos de enseñanza dependientes del Departamento de Educación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sitos en los Territorios Históricos de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Período: cursos escolares 2017-2018 y 2018-2019

Identificación

  • Tipo de documento : Resolucion_oarc
  • Nº de resolución: 94_2018
  • Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
  • Fecha de resolución:  23/07/2018
  • Poder Adjudicador: Gobierno Vasco

Ambito temático

  • Materia: Gobierno y Administración Pública
  • Submateria: Contratos del sector público

Resumen

No formalización; es un acto impugnable, pues "decide directa o indirectamente sobre la adjudicación" al privarla de su efecto más característico, que es la formalización (perfección del contrato) en favor del adjudicatario, interpretación conforme al efecto útil de la Directiva de recursos y de la jurisprudencia del TJUE que la interpreta. Modificación de los términos de la adjudicación antes de la formalización por parte del adjudicatario, la posibilidad de modificar el contrato se refiere a su ejecución, inmutabilidad del contenido de la adjudicación antes de la formalización. Principio de confianza legítima; no ampara la contratación verbal, la posible mala fe de la Administración se compensa con la del recurrente, el cual aceptó un encargo que sabe irregular, el pago de los servicios efectivamente prestados no supone subsanar los vicios de legalidad de la relación jurídica con el proveedor.