Habilitación temporal para licitar
Las empresas no inscritas en el Registro de Licitadores o sin certificación vigente o los grupos de empresas que deseen concurrir en UTE, deben habilitarse de forma temporal para poder licitar electrónicamente:
Pueden licitar electrónicamente obteniendo una habilitación temporal:
- Recomendamos a dichas empresas darse de alta en el registro de licitadores y activar la renovación automática del certificado para evitar el envío o tramitación de documentación redundante en sucesivos procesos de licitación.
- Para licitar con una habilitación temporal hay que acceder al expediente registrado en el Sistema de Licitación Electrónica.
- La habilitación temporal, en caso de ser necesaria, se realizará en la propia plataforma de licitación tras buscar el expediente en el paso "2-Licitar en calidad de".
Deben habilitarse para poder licitar electrónicamente:
- La habilitación temporal de la UTE, en caso de ser necesaria, se realizará en el propio Sistema de Licitación Electrónica tras buscar el expediente en el paso “2-Licitar en calidad de”.
- Para conformar la UTE es necesario seguir los siguientes pasos:
- Seleccionar la opción “Presentar oferta con una empresa habilitada en el Registro de empresas adjudicatarias de contrataciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi”.
- Alta – Habilitar empresa/UTE con la que presentar la oferta.
- UTE temporalmente sin CIF.
- Para consultar habilitaciones históricas anteriores al 21 de junio de 2021, hay que acceder a través del siguiente enlace .
- Para comprobar cuando se realizó la primera publicación del expediente acceda al siguiente enlace para buscar el expediente y comprobar la "Fecha primera publicación" que aparece en el resumen.
Fecha de última modificación: