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Euskadi
Plataforma de Contratación Electrónica en Euskadi
Registro de licitadores y empresas clasificadas

Procedimiento de alta o inscripción


Antes de proceder al alta o renovación en el Registro de licitadores y empresas clasificadas, lean las características a cumplir abajo indicadas en IMPORTANTE.


El procedimiento de alta Registro de licitadores y empresas clasificadas se realizan de forma telemática a través de la aplicación de Registro de Licitadores:

Acceso a la aplicación para el proceso de alta en el Registro de Contratistas 

En la propia solicitud de inscripción es posible activar renovación automática o una vez concluido el proceso de alta o inscripción con el enlace que indicamos a continuación:

Acceso a la solicitud de renovación automática 


IMPORTANTE

  • Navegadores admitidos: recomendamos disponer siempre de sus versiones más actuales (Internet Explorer 11 o superior, Firefox Quantum 62 o superior, Chrome 70 o superior, Safari 12 o superior, Opera 56 o superior).
  • Se necesita disponer de un certificado de firma electrónica admitido de tarjeta, de token o de disco.
  • Utilizar certificados electrónicos admitidos, de acuerdo con la Política de firma electrónica basada en certificados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • El mecanismo de firma de documentación se realizará con el componente id@zki desktop y es necesario disponer de este componente instalado en su equipo (descarga desde el sitio web de Izenpe). Si no se dispone de ello, se podrá instalar también en el proceso de firma.
  • Importante: disponer y almacenar en tu equipo informático todos los archivos digitales que se solicitan en todos los procedimientos. De esta forma, la realización del trámite será más ágil y sin problemas.
  • Escrituras de la empresa (constitución, adaptación de estatutos, apoderamiento, nombramiento de administradores, ampliación o reducción de capital, cambio de denominación social, cambio de domicilio social, modificación de objeto social…): los documentos deben ser fieles a la copia del original, con la constancia de la inscripción, en su caso, en el correspondiente Registro (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, Registro de Fundaciones, etc…). No se deberán aportar copias simples.
  • Declaración expresa de no estar incursa en prohibición para contratar (Art.71 Ley de Contratos del Sector Público), de no tener obligaciones tributarias con administración distinta a aquellas de las que presenta certificado de estar al corriente. Es necesario que firme por lo menos una persona apoderada solidaria o en el caso de apoderamientos mancomunados todas las personas apoderadas mancomunadas.
  • Declaración de veracidad de la información consignada y que los documentos presentados que se acompañan a la presente solicitud, son copia fiel del original, en caso contrario se estará incurriendo en un delito tipificado por el Código Penal vigente. Se deberá firmar la declaración de veracidad de los datos aportados, por el representante designado por la empresa para representarla ante este Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En el caso de NO autorizar el consentimiento a los servicios de interoperabilidad (un sistema de comunicación que permite una comprobación automática de las obligaciones tributarias y para con la seguridad social) con otras administraciones públicas:

  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE)documento de alta y último recibo de pago, o en su caso, documento acreditativo de estar exento del mismo expedido por el Organismo recaudador correspondiente.
  • Certificaciones positivas actualizadas expedidas por los órganos administrativos competentes de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. (Modelo de certificación positiva para contratar con la administración pública).
  • Certificaciones positivas actualizadas expedidas por los órganos competentes de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. (Modelo de certificación positiva para contratar con la Administración pública).
  • Certificados de clasificación expedidos por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda sólo en el caso de disponer los mismos.

Las certificaciones positivas de las Haciendas correspondientes y de la Seguridad Social deberán tener una antigüedad máxima de 1 mes (desde el día de la presentación del alta o la renovación).

Fecha de última modificación: